Se acaba de aprobar la nueva normativa de transporte pesado en España, que conlleva una serie de cambios significativos. A continuación, desde Grúas Lalín Deza le contamos todo lo que debe saber.
1. Aumento de Masa Máxima Autorizada (MMA) a 44 toneladas
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España ha elevado la masa máxima permitida para el transporte de mercancías por carretera a 44 toneladas para vehículos articulados de cinco o más ejes.
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La orden ministerial se publicó en el BOE en julio de 2025. La entrada en vigor de las masas máximas por eje y las masas máximas autorizadas será a los tres meses de la publicación, excepto para los vehículos cisterna, que será a los seis meses.
2. Megacamiones sin autorización previa
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Una de las novedades más destacadas es la eliminación de la necesidad de autorización previa para la circulación de los conjuntos euro modulares (EMS), conocidos como megacamiones.
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Esto facilita su operación en redes habilitadas y busca reducir trámites burocráticos. Se amplían los límites a 72 toneladas y 32 metros de longitud.
3. Altura máxima para ciertos transportes
4. Modificaciones en el Paquete de Movilidad Europeo y Tacógrafos
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Licencia para vehículos de entre 2,5 y 3,5 toneladas. Las empresas de transporte internacional de mercancías con vehículos de este rango deben contar con una licencia válida.
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Tacógrafos inteligentes de segunda generación. Es obligatorio el uso de estos tacógrafos para vehículos con un peso total permitido superior a 3,5 toneladas que realicen transporte internacional. La fecha límite para reemplazar los tacógrafos inteligentes de primera generación es el 18 de agosto de 2025. A partir del 1 de julio de 2026, los tacógrafos serán obligatorios también para vehículos de entre 2,5 y 3,5 toneladas que realicen transporte internacional.
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Funciones de los nuevos tacógrafos. Incluirán identificación automática del país al cruzar una frontera, inspecciones preselectivas por DSRC y registro de operaciones de carga y descarga con ubicación.
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Retorno de los conductores. Se mantienen los requisitos para el retorno de los conductores a su base o residencia cada cuatro semanas.
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Cabotaje. Las reglas sobre operaciones de cabotaje incluyen ahora un periodo de espera de cuatro días tras la última operación en un país de la UE.
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Registros de actividades del conductor. A partir de enero de 2025, los conductores deberán poder presentar las hojas de registro del día en curso y las utilizadas en los 56 días anteriores, la tarjeta de conductor si la poseen, y cualquier registro manual o documento impreso.
7. Restricciones a la circulación
La DGT publica calendarios anuales de restricciones para el transporte especial y de mercancías peligrosas, así como para vehículos pesados en general, en días y tramos específicos (festivos, fines de semana, tramos de carretera con prohibiciones permanentes o temporales).
En Grúas Lalín Deza le contaremos cuál es el calendario actualizado de la DGT. Contacte con nuestra empresa de transportes en Galicia y le informaremos sin compromiso.